¿Le toca la ITE a tu edificio? Calculadora de ITE e IEE por dirección
Escribe la dirección y te decimos de qué año es el edificio según el Catastro, si ya le toca la Inspección Técnica de Edificios (ITE) o el Informe de Evaluación del Edificio (IEE) y cuándo es la próxima revisión.
La ITE (o el IEE) es la revisión obligatoria del estado de un edificio y depende de cada comunidad y ayuntamiento. En Madrid se exige a partir de los 30 años, en Sevilla desde los 20, en Cataluña a los 45, y en la Comunitat Valenciana, Zaragoza y Málaga a partir de los 50. En casi todos los casos se repite cada 10 años y la paga la comunidad de propietarios.
Calcula cuándo le toca a tu edificio
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Qué es la ITE y qué es el IEE
La Inspección Técnica de Edificios (ITE) es una revisión obligatoria del estado de conservación de un edificio: estructura, fachadas, cubiertas e instalaciones. El Informe de Evaluación del Edificio (IEE) incluye la ITE y añade la accesibilidad y la eficiencia energética. Las dos las firma un técnico competente (arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero) y las paga la comunidad de propietarios.
No hay una regla única para toda España: cada comunidad autónoma y muchos ayuntamientos fijan a partir de qué antigüedad se exige y cada cuánto se repite. Por eso la calculadora cruza el año del edificio con la norma de tu municipio.
ITE por ciudades: antigüedad y periodicidad
| Dónde | Informe | Primera inspección | Se repite | Norma |
|---|---|---|---|---|
| Madrid (capital) | ITE (e IEE si > 50 años) | 30 años | Cada 10 años | Ordenanza de Conservación del Ayuntamiento |
| Sevilla | ITE | 20 años | Cada 10 años | Ordenanza de ITE de Sevilla |
| Cataluña (Barcelona…) | ITE | 45 años | 10, 6 o 3 años según deficiencias | Decreto 67/2015 |
| Comunitat Valenciana | IEE.CV | 50 años | Cada 10 años | Decreto 53/2018 |
| Zaragoza | ITE | 50 años | Cada 10 años | Ordenanza municipal |
| Málaga | ITE | 50 años | Cada 10 años | Ordenanza municipal |
| Resto de la Comunidad de Madrid | ITE (e IEE si > 50 años) | 30 años en municipios de más de 25.000 habitantes | Cada 10 años | Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid |
ITE en Madrid
En Madrid capital, la ITE es obligatoria dentro del año siguiente a que el edificio cumpla 30 años y se repite cada 10 años. La regula la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones. Si es un edificio de viviendas de más de 50 años, la Comunidad de Madrid exige además el Informe de Evaluación del Edificio (IEE, Decreto 103/2016), que puede presentarse en lugar de la ITE. El Ayuntamiento publica cada año la lista de edificios obligados. En el resto de la Comunidad de Madrid, la ITE se exige a partir de los 30 años en los municipios de más de 25.000 habitantes.
IEE en Valencia y la Comunitat Valenciana
En la Comunitat Valenciana la ITE se sustituye por el Informe de Evaluación del Edificio (IEE.CV), regulado por el Decreto 53/2018. Es obligatorio en edificios de viviendas de más de 50 años y vale 10 años. También es obligatorio, tenga los años que tenga el edificio, para pedir ayudas públicas de rehabilitación, y hay que inscribirlo en el registro autonómico.
ITE en Barcelona y Cataluña
En Cataluña, los edificios de viviendas deben pasar la ITE al cumplir 45 años, según el Decreto 67/2015. El certificado de aptitud dura 10 años si no hay deficiencias o son leves, 6 años si hay deficiencias importantes y 3 años si son graves o muy graves. Este certificado se pide en las compraventas.
ITE en Sevilla
Sevilla es de las ciudades más exigentes: la ordenanza obliga a edificios de cualquier uso a presentar la primera ITE en el año siguiente a cumplir 20 años de antigüedad, y a renovarla cada 10 años.
ITE en Zaragoza
En Zaragoza, la ITE afecta a edificios de cualquier uso de más de 50 años: viviendas, oficinas, locales y naves. Se pasa el año en que el edificio cumple 50 años y se repite cada 10.
ITE en Málaga
En Málaga, la ITE es obligatoria en los edificios de más de 50 años y en los protegidos. El primer informe se presenta en los 13 meses siguientes al final del año en que el edificio cumple 50 años, y se renueva cada 10 años.
Cómo se pasa la ITE, paso a paso
- Comprueba si os toca con la calculadora o en la lista que publica el ayuntamiento.
- Pide presupuestos a varios técnicos competentes; el precio depende del tamaño y del estado del edificio.
- Aprobad el encargo en la junta de la comunidad de propietarios.
- El técnico inspecciona el edificio y emite el informe con el resultado: favorable o desfavorable, con las deficiencias encontradas.
- Presentad el informe en el ayuntamiento o en el registro autonómico dentro del plazo.
- Si hay deficiencias, hay que repararlas en el plazo que marque el informe y acreditarlo.
Preguntas frecuentes
¿Qué edificios tienen que pasar la ITE?
Depende de la comunidad autónoma y del ayuntamiento. En Madrid capital, los edificios de más de 30 años; en Sevilla, desde los 20 años; en Cataluña, los edificios de viviendas de más de 45 años; en la Comunitat Valenciana, Zaragoza y Málaga, a partir de los 50 años.
¿Cada cuántos años hay que pasar la ITE?
En la mayoría de normas se repite cada 10 años. En Cataluña el plazo baja a 6 o 3 años si el informe detecta deficiencias importantes o graves.
¿Qué diferencia hay entre la ITE y el IEE?
La ITE revisa el estado de conservación del edificio. El Informe de Evaluación del Edificio (IEE) añade la accesibilidad y la eficiencia energética. En la Comunitat Valenciana se llama IEE.CV y sustituye a la ITE; en Madrid el IEE es obligatorio en edificios de viviendas de más de 50 años.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La comunidad de propietarios, o el propietario si es una vivienda unifamiliar. La encarga a un arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero competente.
¿Qué pasa si no se pasa la ITE?
El ayuntamiento puede imponer multas, ordenar la inspección de oficio a costa de los propietarios y, en algunos lugares, sin el certificado no se pueden pedir ayudas de rehabilitación. En Cataluña el certificado de aptitud se pide en la compraventa.
¿Cómo sé el año de construcción de mi edificio?
Aparece en la Sede Electrónica del Catastro. Nuestra herramienta lo consulta automáticamente a partir de la dirección.